OBLIGACIONES FISCALES DE UN EXTRANJERO RESIDENTE EN ESPAÑA

  • Obligación de presentar el Modelo 100 de IRPF por todas sus rentas mundiales hasta el 30 de junio.
  • Obligación de presentar la declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero se tiene que presentar a través del Modelo 720. Este modelo sólo se puede presentar de forma telemática, no existiendo la posibilidad de su presentación física en papel. El incumplimiento de esta obligación origina elevadas sanciones por parte de Hacienda.
  • Esta obligación deberá cumplimentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguientea aquel al que se refiera la información a suministrar.

OBLIGACIONES FISCALES DE UN EXTRANJERO NO RESIDENTE EN ESPAÑA

  • Nombramiento obligatorio de nombrar a un Representante Fiscal.
  • Obligación de presentar el Modelo 210 de IRNR por sus rentas obtenidas en España.
  • Plazos de presentación:

El plazo de presentación y, en su caso, de ingreso, en función del tipo de renta declarada, será:

  1. a) Rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles: las autoliquidaciones de rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles se presentarán, con independencia del resultado de la autoliquidación, en el plazo de tres meses una vez transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de la transmisión (fecha de devengo) del bien inmueble.
  2. b) Rentas imputadas de los bienes inmuebles situados en territorio español: el plazo de presentación e ingreso será el año natural siguiente a la fecha de devengo (31 de diciembre de cada año). En caso de presentación telemática por internet se podrá domiciliar el pago del importe a ingresar desde el día 1 de enero al 23 de diciembre.
  3. c) Resto de rentas: 1º Autoliquidaciones con resultado a ingresar: el plazo de presentación e ingreso será los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, en relación con las rentas cuya fecha de devengo esté comprendida en el trimestre natural anterior.