Las personas interesadas tienen que dirigirse a la institución donde van a contraer matrimonio (Registro Civil, Juzgado de Paz, Ayuntamiento) y obtener una lista de documentos necesarios para extranjeros. Dependiendo de la Comunidad Autónoma y del órgano de registro habrá ciertas diferencias en cuanto a los documentos imprescindibles para el matrimonio.
Después el/la ciudadano/a ruso/a interesado/a debe acudir personalmente al Consulado para tramitar documentos necesarios.
El Consulado no acepta la mediación de Sres. Abogados, Notarios, intermediarios, novios u otros interesados españoles.
Documentos típicos:
1. El Consulado certifica la veracidad de traducciones al español de documentos de Registro Civil rusos (certificados de nacimiento, divorcio, cambio de apellido, de matrimonio, etc.). La persona interesada ha de presentar el original del documento (o su copia notarial) y la traducción. La traducción la debe hacer un traductor jurado. El propio Consulado no se encarga de hacer traducciones.
Según el acuerdo bilateral entre Rusia y España (canje de notas de 1984) las certificaciones de Registro Civil no necesitan legalización alguna ni siquiera una Apostilla de La Haya.
2. El Consulado expide certificados de aptitud matrimonial (estado civil).
3. El Consulado expide certificados de domicilio durante los dos últimos años una vez presentado el pasaporte interior ruso con el sello oportuno o un certificado de empadronamiento expedido en Rusia.
4. En caso de necesidad el Consulado expide un certificado conforme que no hace falta publicar edictos matrimoniales en Rusia. En dicho certificado también constan los requisitos para contraer matrimonio en Rusia. (Nota de la Embajada de Rusia en Madrid al MAE de España al respecto)
Descargar canje notas de 1984
Descargar nota de la embajada
Todos los certificados se expiden en español.